Evaluación

Reagrupación familiar en Dinamarca: las normas de 2026

La reagrupación familiar conforme a la Ley de Extranjería danesa tiene requisitos estrictos de edad, autosuficiencia económica, garantía financiera, vivienda e integración. Los familiares de ciudadanos de la UE/EEE pueden acogerse en su lugar al Derecho de la UE. Léalo antes de iniciar su evaluación.

Actualizado el 30 de octubre de 2026

Cifras clave

Regla de la edad

24 años

Normalmente, ambos cónyuges deben tener 24 años. Puede presentar la solicitud cuando el más joven tenga 23 años y 6 meses.

Garantía

61.709,34 DKK

La garantía financiera para la reagrupación de cónyuges en 2026.

Prestaciones públicas

3 años

El cónyuge residente en Dinamarca no debe haber recibido determinadas prestaciones públicas en los últimos 3 años.

Tramitación

Hasta 10 meses

Plazo máximo de tramitación previsto por el Servicio de Inmigración danés.

Dos vías

Derecho nacional danés (udlændingeloven)

Para cónyuges y parejas de ciudadanos daneses y de personas que son titulares de la residencia permanente en Dinamarca desde hace más de 3 años. Resuelve el Servicio de Inmigración danés (Udlændingestyrelsen). Los familiares de los titulares de un permiso de trabajo presentan la solicitud como familiares acompañantes conforme a normas distintas.

Derecho de la UE (libre circulación)

Para familiares de un ciudadano de la UE/EEE o de Suiza que vive en Dinamarca como trabajador, trabajador por cuenta propia o estudiante, o con medios económicos suficientes. No se aplican la regla de los 24 años ni la garantía. SIRI expide el documento de residencia de la UE.

Requisitos principales según el Derecho danés

  • Edad: normalmente, ambos cónyuges deben tener al menos 24 años; puede presentar la solicitud cuando el cónyuge más joven tenga 23 años y 6 meses. Caben excepciones.
  • Autosuficiencia económica: el cónyuge residente en Dinamarca no debe haber recibido determinadas prestaciones públicas en los últimos 3 años.
  • Garantía financiera: una garantía de 61.709,34 DKK (nivel de 2026).
  • Vivienda: debe tener a su disposición una vivienda de tamaño suficiente.
  • Integración: los requisitos de idioma danés y de trabajo o formación que se apliquen a su caso.
  • Parejas convivientes: normalmente deben haber convivido en un domicilio común durante al menos unos 18 meses.

Denegaciones y recursos

  • Si el Servicio de Inmigración danés deniega su solicitud, puede recurrir ante la Junta de Apelaciones de Inmigración (Udlændingenævnet) en un plazo de 8 semanas desde la recepción de la resolución.
  • La tasa de recurso es de 1.040 DKK (2026) y se reembolsa si el recurso prospera total o parcialmente.
  • La resolución de la Junta puede someterse a los tribunales daneses.

Más información

Información general basada en la normativa danesa vigente a 30 de octubre de 2026. No es una resolución: solo las autoridades danesas resuelven sobre los permisos de residencia, y las normas pueden cambiar.

¿Todo listo para comprobar su caso?

Inicie la evaluación en el portal del cliente, o reserve una consulta y deje que nuestros asesores preparen una solicitud sólida.

Última revisión y actualización: . Las leyes y las tasas cambian a menudo. Consulte siempre las normas vigentes con las autoridades de inmigración danesas (nyidanmark.dk).